Si tienes planeado algún viaje de negocios dentro, desde o hacia la Unión Europea, deberías saber cuáles son tus derechos como pasajero aéreo y de qué manera estás protegido en caso de que se produzca algún imprevisto atribuible a la compañía aérea.
Estos derechos aplican para los 28 países de la Unión Europea, incluidos Guadalupe, Guayana Francesa, Martinica, La Reunión, Mayotte, San Martín (Antillas francesas), las Islas Azores, Madeira y las Islas Canarias, y adicionalmente Islandia, Noruega y Suiza.
Por otro lado, entran en efecto en los siguientes supuestos:
- Para cualquier vuelo dentro de la Unión Europea.
- Para cualquier vuelo que salga desde la Unión Europea a un país fuera de este territorio.
- Para los vuelos que salgan de un país fuera de la Unión Europea hacia la Unión Europea, siempre y cuando se trate de una compañía aérea de la Unión Europea.
Como pasajero, tus derechos incluyen: el derecho a la información (impreso con las condiciones de asistencia y compensación), al reembolso (reembolso del billete dentro de los siete días siguientes o transporte hasta destino lo más rápidamente posible o un transporte hasta el destino final en una fecha posterior que convenga al pasajero), a la asistencia (comida, bebida, dos llamadas telefónicas, acceso a correo electrónico, alojamiento, transporte hacia o desde hotel), a reclamar y a viajar en igualdad de condiciones si se trata de un viajero con movilidad reducida.
En este artículo recogemos las situaciones más comunes que pueden ocurrir y cómo actuar en cada caso. Sin embargo, en Diners Club colaboramos con una plataforma de gestión de reclamaciones que te facilitará la tarea enormemente en caso de que tengas que hacer frente a alguna de las situaciones que detallamos a continuación.
Cancelación de vuelo
Si tu vuelo se ha cancelado, tienes derecho a ser compensado a menos que te avise el transportista con por lo menos 14 días de antelación o, en el caso de ocurrir a menos de 14 días de la salida de vuelo, a menos de que la aerolínea te ofrezca un transporte alternativo y cumpla con el mismo horario de llegada. En caso de aplicar la compensación, la compañía aérea se tiene que regir por la siguiente tabla:
Distancia del vuelo | Compensación en caso de cancelación total o transporte alternativo |
En caso de transporte alternativo, si el retraso en la llegada es mayor de: |
Hasta 1.500 km |
250 € | 2 horas |
De 1.500 km a 3.500 km | 400 € |
3 horas |
Más de 3.500 km | 600 € |
4 horas |
En el caso de sobrepasar estas horas, también tienes derecho a bebida y comida, alojamiento y transporte hacia y desde el hotel, si se hace necesario pernoctar por la cancelación.
Si la compañía aérea puede probar que la cancelación fue debido a circunstancias extraordinarias, -como casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas adversas o huelgas- no existe derecho a compensación.
Retraso
Los retrasos son uno de los problemas más frecuentes en cuanto a viajar en avión se refiere. Si tu vuelo se retrasa, debes ser informado por la aerolínea de las causas de dicho retraso. Además, si tienes la mala suerte de que sea un retraso muy prolongado, tienes derecho a alimentos, bebida y alojamiento, si se hace necesario, e incluso asesoramiento en lo referente a reorganización del viaje y alojamiento. Si tu vuelo se retrasa durante 5 horas o más, tienes derecho al reembolso del billete.
A continuación se detallan las compensaciones que aplican para los retrasos:
Distancia del vuelo | Compensación |
Retraso en salida |
Hasta 1.500 km |
250 € |
2 horas |
Todo vuelo intra-comunitario de 1.500 km y todo vuelo entre 1.500 km y 3.500 km |
400 € |
3 horas |
Más de 3.500 km |
600 € |
4 horas |
Si la compañía aérea puede probar que el retraso fue debido a circunstancias extraordinarias, -como casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas adversas o huelgas- no existe derecho a compensación.
Denegación de embarque
Si se da el caso de que una compañía aérea se vea obligada a denegar el embarque, deberá, en primer lugar, pedir que se presenten voluntarios que, a cambio de renunciar a su viaje, conseguirían determinados beneficios.
Sin embargo, si el número de voluntarios no es suficiente, el encargado del vuelo podrá denegar el embarque a los pasajeros en contra su voluntad. Si se diera esta caso y dependiendo del tipo de situación, el pasajero tendrá el derecho a asistencia, a reembolso o transporte alternativo o a compensación según la tabla del apartado “Retrasos”.
Cambio en las clases turista/business
Respecto a los cambios de clase, si se da el caso de que te pasan de turista a business, no tendrás obligación alguna de pagar extra por ello.
Sin embargo, si se da el caso contrario, sí deberán reembolsarte el dinero. Este reembolso dependerá de la distancia, según la tabla que te mostramos abajo:
Distancia del vuelo en Km | Intracomunitarios |
Extracomunitarios |
0-1500 km |
30% | 30% |
1500-3500 km |
50%* |
50% |
> 3500 km | 50%* |
75% |
*A excepción de vuelos entre el territorio europeo y los territorios franceses de ultramar. En este caso se reembolsará el 75% del importe del billete.
¿Quieres saber más detalles con respecto a estas situaciones? Puedes encontrar todas las especificaciones en las siguientes páginas webs: Aena, Agencia Estatal de Seguridad Aérea y Tu Europa.